COROLARIOS
1. El dentista no es un intermediario «vendedor» e «innecesario» entre el paciente y
el fabricante que encarece «inútilmente» las prótesis, sino un facultativo con funciones imprescindibles para que el protésico pueda fabricar
Los honorarios del dentista
no son un margen comercial de venta o reventa, como los manipuladores de
información antes citados quieren hacer creer a los lectores ingenuos cuando
dicen que la Ley del Medicamento les impide a los dentistas «vender» las
prótesis [ver ejemplos]
- En primer lugar, las prótesis dentales no se venden ni se compran, porque son «obras» que se encargan
o contratan, y las obras que se encargan o contratan, cuando se ejecutan y
entregan, generan derechos económicos que se pagan pero no son los de una
transacción compra-venta, lo mismo que ocurre con los puentes, las
carreteras o con un retrato al óleo contratado a un pintor, que tampoco se
compran.
- En segundo lugar, los honorarios del dentista corresponden legítimamente a sus servicios clínicos,
sin los cuales no se le podrían dar al protésico
dental las instrucciones y especificaciones necesarias para poder
fabricar las prótesis, ni éstas se podrían colocar y usar.
Los dentistas (odontólogos y estomatólogos) son los profesionales que:
-
conciben y planifican dichas prótesis, con programación de los dientes pilares, tipo de retenedores
y de conectores, etc., según las características biológicas y clínicas del paciente;
-
preparan adecuadamente los dientes (tallado de muñones, en prótesis fija; tallado de nichos y planos
guía, en prótesis parcial removible), y la boca en general, para recibirlas, así como las protecciones
necesarias a las preparaciones dentarias (p.ej., dientes provisionales sobre los dientes tallados, para minimizar su
hiperestesia y su riesgo de contaminación bacteriana desde la saliva);
-
obtienen los moldes o impresiones;
-
realizan los cálculos dimensionales (dimensión vertical) y espaciales (determinación del plano
oclusal terapéutico) de las prótesis;
-
toman las referencias articulares y óseas para conseguir su funcionalidad (relaciones
créaneomaxilares y registros intermaxilares);
-
deciden la posición mandibular terapéutica (relación condilar);
-
averiguan los parámetros articulares (trayectoria condílea sagital, ángulo de Benett,
láterotrusión) por medio de diversos registros intraorales (arco gótico,
registros oclusales excéntricos, pantografía, axiografía, trayectorias funcionales
generadas, etc.);
-
practican las pruebas fonéticas y estéticas (perfil, línea gingival, etc.) del primer boceto
protético, y determinan el tamaño, la inclinación axial y la orientación apropiada de los dientes artifícales;
-
verifican y prueban las sucesivas fases de la fabricación (para lo que, en el caso de la prótesis
fija, se suele requerir anestesia, y se necesita el descementado y posterior
recementado de las prótesis provisionales); y
-
colocan y adaptan clínicamente las prótesis terminadas de fabricar (pero todavía inservibles e
incluso potencialmente patógenas) para ponerlas en servicio correctamente;
gracias a su cualificada capacitación, adquirida exclusivamente en los estudios universitarios de la
Licenciatura en Odontología o de la especialidad médica en Estomatología, que
son los títulos exclusivamente autorizados y obligatorios legalmente para tales
desempeños, propios y únicos de la profesión de «dentista».
Todas estas actuaciones (que, repetimos, están reservadas por ley a los dentistas, sean odontólogos o
estomatólogos) corresponden a las pautas clínicas propias de la lex artis
actual, cuyos mínimos han sido recogidos en los
Protocolos Clínicos Aceptados del Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de España.
Por consiguiente, el precio del tratamiento para el paciente es la suma de los honorarios del dentista y el
coste del producto sanitario, no el coste del producto sanitario y
un margen comercial del dentista.
2. Es un engaño decir que sin la intermediación del dentista las prótesis saldrían más baratas:
- En primer lugar, como ya hemos visto, el dentista no es un intermediario entre el paciente y el protésico, sino
un profesional clínico imprescindible para que el protésico pueda fabricar el
producto sanitario a medida que verdaderamente necesita el paciente; un producto
sanitario a medida (la prótesis dental) que sólo el dentista puede concebir,
planificar, encargar, probar, corregir, adaptar clínicamente y colocar al
paciente.
- En segundo lugar, si no hubiera participación del dentista, alguien
tendría que hacer su trabajo (y lógicamente, lo cobraría, por lo que
los precios de fabricación no son los que pagaría el paciente si
eludiera al dentista, porque siempre habría que añadirles
los del trabajo sustitutivo del dentista).
- De hecho, en sus propios foros en internet, se
ha reconocido que los
precios orientativos publicados por el Colegio de Protésicos de
Madrid eran precios para las clínicas, no a precios para el
público (en el supuesto de que los protésicos pudieran atender
directamente a los pacientes)
[ver muestra]. En los
precios para el público debería suplementarse el trabajo de en
sustitución del dentista (siempre, insistimos, en la hipótesis
de que esto fuera legal, que no lo es). Como prueba, el
siguiente texto
- Por último, la experiencia demuestra que en los casos en
que el trabajo correspondiente al dentista es seudorealizado
delictivamente por algún protésico intruso,
los honorarios son con
frecuencia iguales o incluso mayores que los de un dentista.
Así se ha ocurrido en múltiples casos de intrusismo denunciados
y condenados por los tribunales, y así ocurre con muchos otros
intrusos que se vienen librando de condena penal porque actúan
en la clandestinidad y no hay pruebas suficientes de ello.
|